Informe sobre la Mojiganga de Titaguas, aprobado en Junta General de 14 Mayo de 2019
INFORME SOBRE LA DECLARACIÓN DE LA MOJIGANGA DE TITAGUAS COMO BIEN DE INTERES INMATERIAL
Informe de la Comisión de Bienes Inmateriales de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos
La Mojiganga de Titaguas
A la vista de los datos que nos proporciona la RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2019, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural inmaterial la Mojiganga de Titaguas y considerando los fundamentos identitarios sobre la danza de la Mojiganga que se dictan desde la propia Resolución necesarios para poder emitir el oportuno informe, dejamos constancia de aquellos que a nuestro juicio motivan la emisión del receptivo dictamen.
1. El baile de la Mojiganga hay que situarlo en la suma de creencias, rituales festivos y otras prácticas ceremoniales practicadas desde el siglo XV en la ciudad de Titaguas (Valencia). Este ritual festivo se enmarca en las ancestrales torres humanas que tienen sus orígenes en el tradicional Ball de Valencians y en las antiguas Muixerangues de donde deriva su nombre la “Mojiganga”.
2.- Que según los documentos históricos encontrados y que avala el Apartado 4.a de la Resolución (Orígenes documentados o atribuidos), la Muixeranga, Moixiganga o Mojiganga nació en el Reino de Valencia en el siglo de Oro Valenciano.
3.- Que en una posterior documentación escrita y fechada en Algemesí en 1724 constan los orígenes de su importación a otras tierras y comarcas del Reino de Valencia tales como Alcocéber, Peñíscola y Titaguas.
4.- Que la supervivencia de esta danza a través del tiempo ha sido posible gracias a la transmisión oral, generación tras generación, de los propios habitantes de Titaguas.
5.- Que según esta tradición oral, la Mojiganga de Titaguas se bailó desde muy antiguo y de manera esporádica a lo largo del siglo XX hasta que en 1978 se recupera totalmente siendo representada en exclusividad cada siete años.
6.- Que esa recuperación se mantuvo fiel en su desarrollo hasta el año 2002 con una pequeña modificación en el orden de las figuras y, otra modificación en el año 2009 cuando se introduce el grupo femenino, según consta en el Apartado 4.b de Resolución (Evolución histórica/modificaciones).
7.- Que la danza de la Mojiganga atesora un valor cultural de primer orden gracias a la eficiente preservación de su patrimonio intangible que consolida sus valores tradicionales y permite su transmisión a las generaciones futuras.
8.- Que todo este conjunto de valores documentados visualmente y presentes en la plasticidad de sus cuadros y figuras representan, a nivel particular, la identidad cultural del pueblo de Titaguas y, a nivel general, una muestra de la riqueza artística de la Comunidad Valenciana.
Por ello, considerando que:
1.- La Mojiganga de Titaguas es un bien patrimonial del municipio al cual pertenece, que ha sido representada sin interrupción desde su recuperación hasta el presente.
2.-Que según consta en la Resolución, apartado 8 (Valoración y justificación de la declaración) la documentación histórica sobre la Mojiganga ha sido aportada principalmente por la Asociación Cultural “Amigos de la Música y el Folclore” de Titaguas y por el propio Ayuntamiento que ha apoyado las labores de investigación sobre este tema.
3.- Que la danza de la Mojiganga de Titaguas por su carácter ritual, simbolista y representativo reúne los suficientes elementos valorativos tanto de carácter histórico y artístico como documental y etnológico cumpliendo así, a través de su representación, con la función de compartir la cultura, defenderá y fomentarla en todo el territorio al que pertenece.
Emitimos:
INFORME FAVORABLE para la DECLARACIÓN DE BIÉN DE INTERÉS CULTURAL
Valencia, 28 de Marzo de 2019
Por la Comisión de Bienes Inmateriales